El 30 de diciembre del 2020 se sancionó la Ley N° 27.610 que reconoce el derecho a la interrupción voluntaria y legal del embarazo y la atención postaborto.
A partir de esta norma, todas las mujeres y otras personas con capacidad de gestar tienen derecho a interrumpir un embarazo:
  • Hasta la semana catorce (14) de gestación inclusive.
  • Luego de este plazo, si el embarazo fue resultado de una violación o si se encuentra en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.
Además, en el momento de la atención de la IVE/ILE todas las personas tienen derecho a:
  • Acceder a la práctica en un plazo máximo de 10 días corridos desde que fue solicitada.
  • Recibir atención, pre y post aborto más allá de la situación en la que el mismo se produjo.
  • No ser discriminadas y acceder a información clara, precisa y adaptada a la necesidades de quien solicita la atención a lo largo de todo el proceso.
  • Recibir en forma gratuita todos los medicamentos, estudios y prácticas que fueran necesarios.
  • Que se garantice la privacidad y confidencialidad.
  • Recibir métodos anticonceptivos en forma gratuita e información acerca de los mismos.
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► Leyes

  • Ley N° 27.610 de Acceso a la Interrupción voluntaria del embarazo
    Si te impiden ejercer este derecho, es violencia contra la libertad reproductiva.
    banner clickeable a informacion sobre articulo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo

► Recursos

  • Línea de Salud Sexual y Reproductiva

    Para consultas o más información acerca de la IVE/ILE podés contactarte al 0800-222-3444
    Para más información hacé click aquí

► Materiales Descargables

Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción voluntaria y legal del embarazo. Actualización 2021
Afiche sobre IVE
Folleto sobre IVE
Folleto sobre IVE – Mapuche
Folleto sobre IVE - Quechua
Folleto sobre IVE - Guaraní
Folleto sobre IVE – Qom
Folleto sobre IVE - Wichi
Folleto sobre IVE - Tehuelche